Normas de convivencia
Las siguientes normas, recogidas en el Plan de Convivencia aprobado por el Consejo de Residencia, tienen como finalidad que la convivencia en la misma sea la más idónea para el alumnado residente así como el mayor aprovechamiento en los objetivos académicos.
INSTALACIONES
- Está totalmente prohibido consumir drogas, bebidas alcohólicas o cualquier tipo de sustancias ilegales en los espacios y/o instalaciones del Centro.
- Está totalmente prohibido fumar en toda la Residencia.
HABITACIONES
- Durante su uso deberán mantenerse en perfecto orden y limpieza.
- No se permiten aparatos eléctricos propiedad del alumnado en las mismas tales como estufas, tv, neveras…
- No se permite modificar la distribución de las habitaciones así como el intercambio de mobiliario entre las mismas.
- Por motivos de seguridad no se permite cerrar con llave desde el interior.
- Las taquillas se han de mantener cerradas en todo momento, debiendo el alumnado mantener sus efectos personales dentro de la misma con objeto de evitar extravíos o pérdidas innecesarias. La Residencia no se hará responsable de las pérdidas ocurridas por el incumplimiento de esta norma…
- Tras la salida diaria deberán quedar en perfecto estado, manteniendo el orden y limpieza así como las camas debidamente hechas y luces y enchufes desconectados.
- No se permite tener alimentos perecederos en las mismas.
- El uso de ordenadores, móviles o equipos electrónicos quedará prohibido tras la hora de silencio cuando puedan dificultar el descanso en la misma.
- No estará permitida la presencia de alumnado en aquellas habitaciones (que no sea la asignada ) cuando no exista ningún alumno/a perteneciente a la misma; además queda restringido el acceso de familiares sin el acompañamiento de los educadores/as para garantizar la intimidad del alumnado.
- Queda totalmente prohibido la presencia de personas ajenas a la Residencia en las habitaciones salvo autorización expresa del equipo directivo.
SALAS COMUNES
COMEDOR
- Al constituir el comedor un espacio educativo más dentro de la Residencia, el alumnado ha de respetar el funcionamiento y desarrollo correcto de esta actividad diaria; para lo cual:
- Ha de acudir a las horas establecidas para ello, recordando que no se guardará comida fuera de este horario, salvo casos excepcionales y siempre con autorización expresa de los educadores/as.
- Se accederá al comedor con ropa de calle y adoptando una conducta adecuada procurando: respetar las indicaciones de los cocineros/as, no elevar el tono de voz hasta el punto de ser molesto para el resto de comensales, hacer un uso correcto de cubiertos, adoptar una postura adecuada , etc.. .
- Tras la comida ha de dejar la mesa y sillas, recogidas y limpias .
- No está permitido el acceso del alumnado al interior de la cocina.
SALA DE ORDENADORES
- Se abrirá a partir de las 18:30 horas hasta las 20:30 horas.
- Los educadores/as tendrán la potestad de limitar el uso de los ordenadores al alumnado que lleve a cabo:
- Uso o abuso inadecuado del material.
- falta de respeto al resto de compañeros.
- Permanezca por un tiempo excesivo de modo que favorezca su aislamiento y dificulten las relaciones sociales y de convivencia con el resto.
- Tendrá prioridad en el uso de estos, aquel alumnado que necesite los ordenadores para la realización de trabajos o actividades de carácter académico.
- No estará permitido instalar, o descargar programas o sofware en los ordenadores de la Residencia.
BIBLIOTECA
El alumnado podrá disponer de los libros de texto o lectura como consulta o préstamo previa solicitud a los educadores/as.
SALAS DE TV
- Se podrán conectar aparatos de ocio previa autorización de los educadores/as.
- Se ha de mantener y cuidar el mobiliario correspondiente.
CUARTOS DE BAÑO
Se aconseja por motivos de higiene y salud:
– El uso de chanclas para la ducha,
– Dejar lo más limpio posible los wc tras su uso,
– No dejar prendas sucias o material de aseo (toallitas…) por el suelo.
MATERIAL
- Se ha de promover el cuidado y uso correcto del material, mobiliario, aparatos y equipos de la Residencia.
- El uso inadecuado así como aquellas actuaciones negligentes con ánimo de causar desperfectos en el material supondrán la reposición, reparación o indemnización por parte de quien causase dicho daño además de las medidas correctoras disciplinarias que se establezcan en las normas de convivencia.
FUNCIONAMIENTO INTERNO
SALIDAS DE PASEO
- Todo el alumnado mayor de edad podrá salir de la residencia en los descansos, salvo excepciones, para lo cual deberá comunicar siempre su salida al Educador/a .
- Los/as menores de edad necesitan permiso expreso de los padres para ausentarse del centro, por lo que es necesaria la cumplimentación del impreso de autorización correpondiente.
- Cualquier incidencia que pudiera surgir y que requiera de la intervención de los educadores/as se comunicará directamente a los mismos/as de la forma más inmediata posible, reduciendo al máximo el nº de intermediarios/as.
SALIDAS DEL CENTRO
- La permanencia para todo el alumnado es obligatoria desde el lunes al viernes.
- Aquellos alumnos/as que precisen ausentarse del mismo a lo largo de la semana podrán hacerlo con la autorización expresa de la familia , para los/as menores de edad y previa notificación a los mismos para los mayores de edad. Dicha autorización dependerá de que la comunicación familiar-educadores/as se haga efectiva, por lo que se recomienda previsión y anticipación ante posibles imprevistos que puedan surgir.
- Del mismo modo, antes de su marcha deben comunicar y firmar su salida del Centro.
MARCHA DEFINITIVA DEL CENTRO
- Se considerará como marcha voluntaria y definitiva de la Residencia las siguientes situaciones:
– La comunicación expresa en este sentido del alumnado y su familia.
– La ausencia injustificada en la Residencia por un tiempo superior a 10 días naturales tras la imposibilidad de establecer contacto con el alumno/a y/o familiares.
– Finalización del curso escolar.
- Aquel residente que tenga interés por abandonar la Residencia de forma definitiva antes de la finalización del periodo escolar, tendrá la obligación de notificarlo a la dirección del centro por los cauces establecidos para ello, con una antelación de 10 dias, con objeto de realizar los trámites administrativos y económicos correspondientes.
- Tras abandonar la Residencia han de llevarse consigo todas sus pertenencias dejando su taquilla y cama vacías con objeto de habilitar su uso para el resto de residentes; en caso contrario dichas pertenencias serán recogidas y custodiadas por los educadores/as el tiempo que estimen oportunas.
- La actuación contemplada en el apto. anterior también podrá ser de aplicación para aquellos alumnos/as que manifestando su deseo de continuar en la Residencia en los últimos días del curso y debido a la inexistencia de clases lectivas residan esporádicamente en la misma.
ESTUDIO
- El funcionamiento del mismo ha de estar basado en el principio de Respeto hacia los demás en el ejercicio de esta actividad, para lo cual se ha de procurar:
– Ser puntual.
– Mantener y promover el silencio durante el estudio.
– Desconectar móviles y evitar interrupciones motivadas por aparatos musicales.
– Prever todo el material necesario de modo que no ocasione molestias posteriores.
- El Estudio diario es Obligatorio para todo el alumnado, con objeto de crear hábitos de estudio saludables y maximizar la labor de apoyo educativo de los educadores ya que ambas contribuyen al logro de los objetivos académicos previstos.
UTILIZACIÓN DE TELÉFONOS MÓVILES Y OTROS APARATOS ELECTRÓNICOS
- Está prohibida su utilización y/o manipulación durante el horario de estudio. Su utilización en dicho horario requerirá de la aprobación de los educadores/as.
- En ningún caso se podrá grabar conversación o escena dentro del centro (incluidos los patios), sin autorización expresa de la/s personas objeto de la grabación, de la dirección o educadores/as. Y en todo caso, en menores de edad, se necesitará la autorización expresa de las familias.
- Está prohibida la utilización de aparatos reproductores de audio/ vídeo fuera de las habitaciones cuando interfieran, dificulten o puedan molestar al resto de la comunidad educativa en relación al descanso, o desarrollo y funcionamiento normal de la Residencia.
- En caso de incumplimiento se aplicará lo establecido en el Plan de Convivencia.
ACCESO A INTERNET Y USO DE LAS TIC
- Los miembros de la comunidad educativa gozarán de los derechos reconocidos en el Decreto 25/2007, de 6 de febrero, por el que se establecen medidas para el fomento, la prevención de riesgos y la seguridad en el uso de Internet y las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) por parte de las personas menores de edad.
- Los educadores/as procurarán orientar, educar y acordar con el alumnado un uso responsable de Internet y las TIC, en aspectos tales como tiempos de utilización, páginas que no se deben visitar o información que no deben proporcionar, con el objetivo de protegerles de mensajes y situaciones perjudiciales.
- Las horas de acceso a Internet por parte del Centro quedarán limitadas según se determine en este reglamento.
ATENCIÓN Y ASISTENCIA MÉDICA
- La Residencia dispondrá de un botiquín de primeros auxilios para la atención inicial de pequeños accidentes.
- En caso de enfermedad o accidente de carácter leve que no suponga una amenaza para la vida del alumnado y tras la valoración por parte de los educadores/as o a petición del alumnado se les acompañará al Centro de Salud más cercano (Tarifa), procediendo del siguiente modo:
– Verificación de que el alumno dispone de la tarjeta de salud.
– Desplazamiento en taxi (956606060/664816478).
– Acompañamiento .
– Notificación a las familias de lo ocurrido.
– Anotación en el Libro de Incidencias .
- En caso de urgencia médica en la que haya indicios de gravedad:
– Llamada de emergencia al 112 o desplazamiento urgente en vehículo según los casos.
– Notificación inmediata a la Dirección.
Además de lo anteriormente mencionado el alumnado está sujeto a los derechos y deberes recogidos en el Decreto 54/2012 de 6 de Marzo.
El incumplimiento de dichas normas conlleva la aplicación de las correcciones y las medidas disciplinarias que hayan de aplicarse de acuerdo con lo establecido en el Capitulo III (Normas de Convivencia) del Decreto 54/2012 de 6 de marzo por el que se regula el Reglamento Orgánico de las Residencias Escolares.